Defensor Público asegura que Santos no puede ser extraditado
El Defensor Público ecuatoriano, Walter Lombeira, aseguró que el juez no dictó la orden de extradición contra el presidente electo de Colombia, Juan Manuel Santos. El pasado miércoles un Fiscal solicitó el traslado del futuro mandatario. ![]() | ||||||
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El Fiscal, Carlos Jiménez, pidió la extradición de Santos por ordenar el bombardeo que el Ejército colombiano realizó en marzo de 2008 sobre Ecuador. Durante la incursión militar, Santos era el ministro de Defensa del Gobierno del actual presidente de Colombia, Álvaro Uribe. En tanto, el Defensor Público en Ecuador del Presidente electo, Walter Lombeira, explicó que su defendido no puede ser extraditado ya que no hay una orden de ningún juez. El abogado explicó que el juez que lleva adelante la investigación "no envió el proceso a la Corte Nacional para continuar con el trámite de extradición". El letrado agregó que "hasta el momento no se ha dispuesto la solicitud de extradición del señor Presidente electo de Colombia". El ministro del Interior de Colombia, Fabio Valencia, rechazó el pedido de extradición y aseguro que el Gobierno colombiano no reconoce ninguna jurisdicción del juez de lleva la causa. El fiscal que realizó el pedido contra Santos, Carlos Jiménez, explicó que una vez asumido en su cargo no podrá ser extraditado. Jiménez señaló que Santos "con su nueva investidura como presidente gozaría de inmunidad internacional, no se podría ejecutar ni hacer viable ninguna medida cautelar, personal, en contra de él". Sin embargo, el proceso seguirá adelante contra el comandante de las Fuerzas Militares de Colombia, General Freddy Padilla de León. Este sábado Juan Manuel Santos asumirá su cargo como Presidente de Colombia. (PÚLSAR) fa 05/08/2010 Agencia Púlsar Audios disponibles: Daniel Méndez, juez primero de Garantías Penales de Sucumbíos. Declaraciones a La FM. (extradición) Walter Lombeira, Defensor Público. Declaraciones a La FM. (extradición) Walter Lombeira, Defensor Público. Declaraciones a La FM. (fueros) |