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El polvorín

PERÚ: LA SENTENCIA A LORI BERENSON POR TERRORISMO

8 Agosto 2010 , Escrito por El polvorín Etiquetado en #Politica

Por: Juan Monroy Gálvez Jurista (*) Juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos para el Caso Berenson.

En el Caso Berenson se acreditó que hay un centro de reclusión en el páramo puneño, a 3.800 metros sobre el nivel del mar, con celdas sin ventilación, sin luz natural, sin calefacción y a temperatura inhumana.

Se probó que Lori Berenson adquirió allí el síndrome de Raynaud (por el frío, las arterias se cierran y ello impide el flujo sanguíneo en manos y pies, lo que puede ocasionar gangrena). Además, estar 20 meses solo con luz artificial le afectó severamente la visión. Esto configuró un trato cruel, inhumano y degradante que violó el artículo 5 de la convención.

 

Lunes 2 de Agosto del 2010

Antes que nuestra angustia nos lleve a abandonar la competencia de la corte de San José —con lo cual seremos idénticos a los que hace poco casi nos devuelven al árbol—, sería bueno recordar qué ganamos y qué perdimos con la sentencia Berenson.

Acabada la década de la infamia y ante la inminencia de que se anulen los procesos seguidos en el fuero militar, por afectación a los derechos fundamentales de los allí condenados, el Tribunal Constitucional declaró la inconstitucionalidad de parte de los decretos leyes que los regularon (la actuación de “jueces sin rostro”, por ejemplo). Esto determinó que algunos procesos fueran anulados por el propio fuero militar y reconducidos a la justicia ordinaria, pero con otra regulación. Uno de ellos fue el Caso Berenson.

Terminado el proceso, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, a pedido de Berenson, demandó al Estado Peruano ante la corte de San José por violación de normas de la Convención Americana de Derechos Humanos tanto en el fuero militar como en la justicia ordinaria.

¿Qué ganamos? Se denunció que la justicia ordinaria había usado pruebas actuadas en el fuero militar (proceso declarado nulo), lo que determinaba que la sentencia no estuviese motivada (artículo 8 de la Convención). Por eso Berenson pedía salir libre, pero eso no era lo más grave.

Si esta denuncia se declaraba fundada, no solo salía ella sino que además se anulaban no menos de doscientos procesos concluidos contra terroristas que, en consecuencia, debían salir también libres (entre 300 y 500). Eso estuvo en juego en el Caso Berenson. En ese momento los agoreros de ayer aseguraron que en San José se iba a perder y que regresaría el caos al país. Nada de eso ocurrió. Las teorías de la prueba trasladada y del venire contra factum persuadieron a la corte de que no se había afectado derecho alguno.

La corte afirmó también que “valora y destaca” (sic) las reformas legislativas hechas por el Estado Peruano, a fin de adecuar su normativa al sistema supranacional de derechos humanos. Por tanto, legitimó todo lo hecho por la justicia ordinaria.

¿Qué perdimos?

Los estados no sienten vergüenza por lo que hacen sus gobernantes, pero sí la sienten los gobernados.                                                                                   Abu Dabi o Guantánamo son una mácula para el pueblo de Estados Unidos, como lo es Yanamayo para nosotros.                                                                       En el Caso Berenson se acreditó que es un centro de reclusión en el páramo puneño, a 3.800 metros sobre el nivel del mar, con celdas sin ventilación, sin luz natural, sin calefacción y a temperatura inhumana. Se probó también que Berenson adquirió allí el síndrome de Raynaud (por el frío, las arterias se cierran y ello impide el flujo sanguíneo en manos y pies, lo que puede ocasionar muerte de los tejidos, es decir, pérdida de aquellos). Además, estar 20 meses solo con luz artificial le afectó severamente la visión. Esto configuró un trato cruel, inhumano y degradante que violó el artículo 5 de la convención.

¿Cómo sancionó la corte al Estado Peruano? Dado que Yanamayo le produjo a Berenson daño moral, le condonó los S/.100.000 que debía pagar como reparación civil. Eso fue todo. Ella pidió US$2’000.000 de reparación, pero no al Estado, sino que los pagaran Fujimori y Montesinos. Esto fue rechazado porque, con el perdón del inmortal manchego, era una quijotada.

Al discutirse la indemnización contra el Estado Peruano se tuvo en cuenta sus limitaciones económicas. Por ello se reemplazó la sanción pecuniaria por una en especie: que el Estado adecúe Yanamayo a los estándares internacionales de un centro de reclusión. Es decir, que el Estado invierta en no violar los derechos humanos. A propósito, ¿lo hemos hecho? Pregunto porque la sentencia es del 2004 y teníamos seis meses para hacerlo.

Finalmente, se condenó al Estado Peruano a pagar US$30.000 (o su equivalente en soles) a los padres de Berenson por concepto de costas y costos. Estas no constituyen indemnización, son los gastos incurridos por ellos en el proceso interno (el anulado) y ante la corte por su victoria parcial. Así ocurre en cualquier sistema de justicia —salvo el nuestro donde los jueces ordenan pesetas—, porque quien pierde un proceso debe reembolsar los gastos judiciales del vencedor.

En la huella de lo anunciado por Kant hace 150 años en su trabajo sobre la paz perpetua, asumamos nuestra cuota de responsabilidad manteniéndonos —con derechos y deberes— dentro del sistema interamericano de tutela de los derechos humanos. Retirarnos es involucionar como organización política. Si la defensa de nuestros derechos en la corte no es idónea, mejorémosla. Demostremos que podemos convertirnos en una sociedad pacífica, solidaria y justa.

Una condena arbitraria y abusiva —la sentencia del fuero militar— nos pudo regresar al infierno de los crímenes a sangre fría. Insólitamente, quien ahora considera injusta la sentencia Berenson es el mismo que justificó el régimen del espanto del reciente fin de siglo. En cualquier caso, evitemos hacerles el juego a los devoradores de esperanzas, a los defensores de la marcialidad social, a quienes claman a Dios con un puñal ensangrentado en la manga. Después de todo, ¿qué es un fascista sino un liberal asustado?

 

 

Los devoradores de esperanzas | Edición Impresa | El Comercio Perú2 Ago 2010 ... Lunes 2 de Agosto del 2010. Antes que nuestra angustia nos lleve a ... bueno recordar qué ganamos y qué perdimos con la sentencia Berenson. ...
elcomercio.pe/impresa/notas/.../20100802/617228 - En caché

 

 

Lori Berenson - Wikipedia, the free encyclopedia Lori Helene Berenson (born November 13, 1969) is an American convicted in Peru of unlawful collaboration with a terrorist organization, specifically the ...

Background - Activities in Peru and arrest - Trials

en.wikipedia.org/wiki/Lori_Berenson -  

 

Lori Libre Lori Berenson es una activista social nacida en Nueva York, cuya vida adulta la pasó en América Central y del Sur. Actualmente cumple una condena de 20 años ...
www.lorilibre.org/ -

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J
<br /> <br /> asesinos conchatumadres esa gringa hija de puta  es un terrorista que apoyo las mascares cometidas por esos asesinos de S.L mataban indefensos campesinos. yo los repudio y jamas olvidares<br /> sus demenciales actos<br /> <br /> <br /> <br />
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