URUGUAY - LA MINERIA DE GRAN PORTE ANTE FUERTE RECHAZO POPULAR
Mañana se entregan las firmas recogidas en la campaña impulsada por la Comisión en Defensa de la Tierra de Treinta y Tres.
A la hora 10:00 en la Sala Carlos Honthou Aguiar de la Casa de la Cultura de nuestra ciudad, este viernes 17 de mayo de 2013, se hará entrega de las firmas a las autoridades departamentales. Alrededor de cinco mil ciudadanos suscribieron una carta dirigida al Intendente Departamental, los dos Diputados del Departamento y los Ediles integrantes de la Junta Departamental, en la que solicita que el Departamento de Treinta y Tres se declare libre de Mega Minería Metalífera.
Las firmas se recogieron por parte del mismo grupo que había tenido una iniciativa similar el año pasado, cuando le dirigió una carta al Presidente Mujica solicitándole una entrevista para hacerle conocer las razones por las que se oponen fundamentalmente al proyecto Aratirí, que ha sido el detonador de toda esta movilización popular. Aquella carta despachada el 13 de marzo de 2012 nunca fue contestada, a pesar de que llevaba la firma de 1718 ciudadanos de Treinta y Tres.
Ahora hay expectativa por ver como reaccionarán las autoridades departamentales. El planteo que oficialmente se entrega hoy, se resume en el siguiente texto:
PETITORIO POPULAR
Visto: que la Ley 18.308 del 18 de junio de 2008 en su artículo 8 inciso “c” prevé la creación de instrumentos de ordenamiento territorial y desarrollo sostenible mediante ordenanzas departamentales, y el artículo 14 de la misma Ley otorga competencia a los gobiernos departamentales para categorizar el suelo así como establecer y aplicar regulaciones territoriales sobre usos y protección del suelo y policía territorial, y el artículo 19 de la misma Ley otorga a éstos instrumentos efecto vinculante sobre los derechos y deberes de las personas y de la propiedad inmueble.
Visto: que la misma Ley 18.308 en su artículo 4 inciso “A” prevé la descentralización de la actividad de ordenamiento territorial y la promoción del desarrollo local y regional, y el artículo 31 de la misma Ley en su inciso “A” prevé la categorización de suelo rural con destino principalmente agropecuario.
Considerando: que la Ley 17.283 del 28 de noviembre de 2000, en el artículo 10 faculta a los gobiernos departamentales para establecer exigencias departamentales de protección y/o conservación ambiental, la ciudadanía del departamento de Treinta y Tres, mediante la firma de este petitorio, solicita al Intendente Departamental, a La Junta Departamental y a los dos Diputados Departamentales, la tramitación de los instrumentos legales que corresponda con la mayor urgencia, para declarar al Departamento de Treinta y Tres libre de minería metalífera a cielo abierto.
Ante la imperiosa necesidad de proteger el suelo del departamento de emprendimientos extractivos que ocasionarían más daños que beneficios, dejamos constancia de la seria responsabilidad que recae sobre quienes ocupan cargos como autoridades departamentales, electos para defender los legítimos intereses de nuestra sociedad, funcionarios públicos que no solo deberán rendir cuenta ante el juez interior de su conciencia, sino ante las venideras generaciones que padecerán los perjuicios que ocasionen las decisiones que se toman en momentos cruciales como éste, y ejercerán el derecho de juzgar con la severidad que corresponde, las actitudes que hoy comprometen su futuro.
Suscriben este documento las siguientes personas:”
Para acompañar a la Comisión en Defensa de la Tierra en su acto de mañana, que no tienen precedentes a nivel nacional, han anunciado su presencia delegados de diversas organizaciones sociales componentes en su mayoría de la denominada Asamblea Nacional Permanente, que coordina la movilización contra los megaproyectos mineros, y que fuera la convocante de la multitudinaria marcha realizada el pasado 10 de mayo por la avenida 18 de julio de Montevideo, en la que participaron unas 15 mil personas.
Aníbal Terán Castromán
....arlette 05/19/2013 02:47
....arlette 05/19/2013 02:29
....arlette 05/19/2013 00:04