La Comision Interamericana de Derechos Humanos denuncio al Estado uruguayo ante la Corte Interamericana
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Demanda en busca de justicia
Hace un año la Comisión emitió una serie de recomendaciones al Estado uruguayo. La primera, realizar una investigación completa e imparcial para identificar y sancionar a los responsables del asesinato de María Claudia y de la sustracción de su hija. La segunda, que excede al caso específico, era “adoptar medidas para que quedase sin efecto la Ley de Caducidad”, sancionada en 1986, en un contexto de amenazas de desacato generalizado por parte de los militares, y ratificada en sendos referendos en 1989 y 2009. El Estado debía otorgar una “reparación plena a los familiares de la víctima”, que incluyese “no sólo una indemnización por daños materiales y morales” sino también la “celebración de ciertos actos de importancia simbólica para garantizar que no se reiteren delitos” similares.
Al cumplirse un año de las recomendaciones, la Comisión informó que presentó su demanda ante la Corte. El comunicado de la CIDH destaca “la denegación de justicia, impunidad y, en general, el sufrimiento causado” a los familiares de la víctima. El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional manifestó su confianza en que “el litigio en este caso deje sin efecto la Ley de Caducidad, en concordancia con la jurisprudencia constante de la Corte Interamericana”, que estableció que “los Estados no pueden invocar disposiciones de derecho interno para eximirse de la obligación de investigar y sancionar a los responsables de graves violaciones de derechos humanos”.
Publicado por Casapueblos
LA DIARIA PÁG. 3
El “caso Gelman” llegó a la Corte Interamericana de Derechos Humanos Una vez que el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (Cejil, por su acrónimo en inglés) sea notificado se abrirá un plazo de varios meses para la presentación de escritos por parte de esta
organización, que representa a los familiares de María Claudia, y luego por parte del Estado uruguayo. Todo indica que la Corte podría solicitar que se deje sin efecto la Ley de Caducidad, y la sentencia será obligatoria e inapelable. La Comisión Interamericana de Derechos
Humanos (CIDH) resolvió elevar la causa por el secuestro y la desaparición de María Claudia García Iruretagoyena de Gelman a la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Es el primer caso abierto contra el Estado uruguayo en el máximo órgano jurisdisdiccional
del continente americano. La decisión llega luego de que Uruguay postergara por tercera vez la ejecución de las recomendaciones sobre el asunto emitidas por la CIDH el 21 de agosto de 2008, en el denominado informe 32/08.
El primer plazo había vencido el 21 de noviembre del 2008, prorrogado hasta el 21 de enero de 2009 y ampliado una vez más hasta el 21 de julio de ese año. Pese a la petición del escritor argentino Juan Gelman y de su nieta Macarena (suegro e hija de María Claudia) de que no
se retrasara más su derecho a la verdad y la justicia, la CIDH le dio al Estado uruguayo seis meses más para emprender acciones que condujeran a conocer el paradero de María Claudia y las circunstancias en que se produjeron su secuestro y su desaparición forzada el 24 de
agosto de 1976. El pasado 21 de enero, la CIDH definió que el Estado uruguayo no había dado cumplimiento a esas recomendaciones y concluyó que es responsable por la violación de los derechos consagrados en la Convención Americana sobre los Derechos Humanos,
ratificada por Uruguay mediante la ley 15.737, aprobada a la salida de la dictadura, en marzo de 1985. En otras palabras, el Estado uruguayo no proporcionó “un recurso efectivo en un tiempo razonable” para que la justicia pueda echar luz sobre el caso, explicó la abogada
Ariela Peralta, subdirectora del Cejil. La CIDH menciona en su denuncia ante la Corte la supresión de la identidad y la nacionalidad de Macarena Gelman, “la denegación de justicia, la impunidad y, en general, el sufrimiento causado” a Juan Gelman y su familia, a Macarena y a los
familiares de María Claudia “como consecuencia de la falta de investigación de los hechos, juzgamiento y sanción de los responsables, en virtud de la ley Nº 15.848 o Ley de Caducidad, promulgada en 1986 por el gobierno democrático del Uruguay”. En 2005, un tribunal de
apelaciones uruguayo dio la razón al Ministerio Público en su pedido de clausura del caso, basado en que el gobierno de Jorge Batlle decidió ampararlo en la Ley de Caducidad, pese a que el actual gobierno de Tabaré Vázquez expresó la
posición contraria. Peralta indicó en diálogo con la diaria que ni el Estado uruguayo ni ningún otro que haya ratificado la Convención Americana puede justificar su incumplimiento invocando una norma nacional.
“No pueden alegarse disposiciones de derecho interno para justificar la violación de un tratado internacional”, puntualizó la abogada, y especificó que en este caso el Estado no podrá ampararse en la Ley de Caducidad. “La CIDH pone en tela de juicio a la Ley de Caducidad”,
explicitó, añadiendo que en el contexto en que se encuentran nuestro país y todos aquellos en los que rigen leyes de amnistía o que intentan eximir de responsabilidades a violadores de los derechos humanos, la Corte recomienda dejar esas normas sin efecto. “Si esto sucede, el
Estado no tiene otra opción que acatar, porque a eso se comprometió cuando ratificó la Convención”, resumió Peralta. Cuando la Cejil reciba la notificación por parte de la Corte, se abrirá un plazo improrrogable de dos meses para que ese organismo presente los documentos que
entienda convenientes. Luego tendrá dos meses el Poder Ejecutivo para realizar descargos en representación del Estado uruguayo. Para el segundo semestre de este año ya se podrá citar a audiencias públicas con la finalidad de recoger testimonios, y se prevé que la sentencia
llegue a comienzos de 2011.
Lourdes Rodríguez.
Tomado de Semanario Alternativas