Overblog
Edit post Seguir este blog Administration + Create my blog
El polvorín

Alan García faculta a fuerzas armadas a defender el orden democrático a tiros

9 Septiembre 2010 , Escrito por El polvorín Etiquetado en #Politica

  
 
Es parte de la política de poner el parche antes de que salga el chupo
 
"Procede el uso de armas de fuego cuando se actúa en defensa propia o en defensa de otras personas, en caso de que se oponga resistencia a la autoridad, cuando se trata de evitar un delito o hay peligro de lesiones graves."
 
Vigilantes también podran usar sus armas de fuego

TAMBIÉN PROTEGERÁN INSTALACIONES ESTRATÉGICAS PÚBLICAS O PRIVADAS

Las FF.AA. podrán usar armas en defensa propia

Gobierno promulgó norma que regula el uso de la fuerza para restablecer el orden

Jueves 2 de Setiembre del 2010

 

El Poder Ejecutivo oficializó ayer la norma que regula el uso y empleo de la fuerza corporal por parte de las Fuerzas Armadas (FF.AA.) para hacer frente a cualquier grupo hostil que atente contra el orden interno y la tranquilidad pública o cuando la policía sea sobrepasada en su capacidad de acción para restablecer la paz en situaciones de violencia.

El Decreto Legislativo 1095 publicado ayer en el diario oficial precisa que el empleo de la fuerza se rige por las normas internacionales de derechos humanos y procede luego de la declaración del estado de emergencia, a fin de defender el Estado de derecho y proteger a la sociedad.

La norma establece que los principios rectores que rigen el empleo de la fuerza corporal cuando intervienen las FF.AA. se da a través de niveles de intensidad que se inician en un plano preventivo con la presencia militar en la zona de conflicto, el contacto visual con el grupo hostil y, adicionalmente, el inicio de un proceso de comunicación con miras a restablecer el orden interno.

USO DE ARMAS DE FUEGO
Una vez agotadas en todas sus formas estas acciones, se pasa al uso de la fuerza de manera gradual, por lo que se permite el empleo de técnicas de fuerza corporal para restablecer el orden interno, así como la utilización de medios no letales (armas de bajo potencial de daño) y, excepcionalmente, el empleo de las armas de fuego.

Sobre esto último, la norma precisa que los integrantes de las FF.AA. pueden hacer uso de armas de fuego en defensa propia o de otras personas, en caso de peligro inminente de muerte o lesiones graves. Las FF.AA. también apoyarán a la Policía Nacional en la lucha contra el terrorismo, el tráfico de drogas y en la protección de instalaciones estratégicas para el funcionamiento del país (caso de aeropuertos, plantas eléctricas, etc.) y los servicios públicos esenciales.

El presidente de la Comisión de Defensa y Orden Interno del Congreso de la República, Wilder Calderón, señaló que la nueva legislación promulgada por el Ejecutivo “cubre un conjunto de vacíos que permitirán actuar a las fuerzas del orden de acuerdo a la ley para el restablecimiento del orden público”.

El ex comandante general del Ejército José Graham Ayllón recordó, no obstante, la vigencia de la nueva norma, que “siempre existió procedimientos antes de hacer uso de la fuerza para enfrentar a grupo hostiles… Siempre se han respetado los derechos humanos”, indicó.

PRECISIONES
El código militar
Ayer también se promulgó el nuevo Código de Justicia Militar Policial del Perú, el cual prevé de 30 años de prisión a cadena perpetua o, en su defecto, la pena de muerte por traición a la patria en un contexto de guerra exterior.

El militar o policía comete el delito de traición cuando toma las armas contra el perú o sus aliados, o forma parte de una organización militar adversaria.

También se prevé sanciones de hasta 25 y 35 años de prisión en casos de rebelión y colaboración con una organización ilegal, respectivamente.

 
Política | Jue. 02 sep '10
 
FF.AA. podrán intervenir en el control interno
Experto José Robles considera que se requieren precisiones sobre mecanismos de control. Critica que el Fuero Militar esté integrado por cuatro oficiales en actividad.
Tal como se había anunciado, el Ejecutivo publicó ayer el decreto legislativo que regula el empleo de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas, que establece, entre otras cosas, los casos en los cuales los militares pueden utilizar sus armas de fuego. De acuerdo con este dispositivo, procede el uso de las mismas cuando se actúa en defensa propia o de otras personas, en caso de peligro inminente de muerte o lesiones graves o cuando se trata de evitar la comisión de un delito grave o detener a una persona que oponga resistencia a la autoridad.

 
Así, los militares pueden emplear la fuerza en situaciones de enfrentamiento con algún grupo hostil, pero también “cuando ayuda a la Policía a restablecer el orden interno en otras situaciones de violencia” o la apoya en operaciones contra el tráfico de drogas, terrorismo y “en los demás casos constitucionalmente justificados cuando la capacidad de la Policía sea sobrepasada en su capacidad de control del orden interno”.

En la primera situación (contra grupos hostiles) rigen las normas del Derecho Internacional Humanitario y, en los otros dos escenarios, el Derecho Internacional de los Derechos Humanos. En los tres casos, los delitos atribuibles al personal militar son de competencia del Fuero Militar Policial.

FALTA PRECISIONES. José Robles, analista en temas de Defensa, señaló a Perú.21 que el decreto legislativo recoge las disposiciones de la sentencia que expidió el Tribunal Constitucional y plantea las competencias y el marco jurídico de la actuación militar. No obstante, consideró que debería haber un reglamento más explícito respecto de cómo y quiénes efectúan los controles frente a cualquier acto ilícito.

También dijo que la actuación del fuero privativo se debería reservar solo para los casos en que las Fuerzas Armadas actúan contra algún grupo hostil y no cuando intervienen para apoyar a la Policía.

Por su parte, el ex comandante general del Ejército, Roberto Chiabra, criticó la norma señalando que se está “policializando” a las Fuerzas Armadas al orientar el empleo de soldados en la solución de conflictos sociales.

Ayer también emitió el decreto legislativo sobre el Fuero Militar Policial, que a partir de ahora estará conformado por ocho oficiales en actividad y cuatro en retiro. Sobre este punto, Robles sostuvo que esto es un retroceso, porque se consideraba que personal en actividad no debería intervenir porque está sujeto al mismo régimen de ascensos.
 
 
 
Juan Ossio Acuña, primer ministro encargado de dirigir el Ministerio de Cultura del Perú, creado por Ley 29565 del 21 de julio de 2010. Es uno de los asesores ad honorem de Alan García en temas indígenas y amazónicos. Integró la Comisión Uchuraccay en el sonado caso del asesinato de 8 periodistas en Ayacucho que presidió el escritor Mario Vargas Llosa usurpando competencias y cuyo trabajo concluyó diciendo que no había ningun culpable, para el fue un encuentro antropologico de dos culturas diferentes.
 
NEGRO PAPEL DE LOS INTELECTUALES EN LOS DESTINOS DEL PERÚ
 
Cabe recordar que la trayectoria de Mario Vargas Llosa (M.V.Ll.) en estos campos no es tan limpia e inmaculada como el mismo reclama; no nos referimos a su izquierdismo juvenil, sino a épocas en que el ya se reclamaba un verdadero demócrata, un respetuoso de las libertades y las instituciones. En el Peru se olvida muy facilmente las cosas, en especial si la persona que cometio algun echo reprochable en su vida, tiene dinero o fama.
 
Ya se a olvidado el controvertido papel que tuvo Mario Vargas Llosa en los sucesos de Uchuraccay cuando fueron asesinados los 8 periodistas, hoy martires.
Se a olvidado que M.V.Ll. presidio una comisión investigadora que no tenia ninguna base legal para  para investigar este crimen, usurpando funciones de la Policia, la Fiscalia y el Poder Judicial, que son las instituciones encargadas por ley de investigar, esclarecer y sancionar el delito. Y si el echo ameritaba una investigacion a nivel politico, el encargado por ley era el Parlamento.
¿ Respeto M.V.Ll. el estado de derecho cuando precidio esa investigacion?
Pero mas cuestionable fueron sus conclusiones: No encontro ningun culpable, para el fue un encuentro antropologico de dos culturas diferentes (El colmo fue decir que los campesinos confundieron las camaras fotograficas con armas).
Para nada  lo ubico como parte de la GUERRA INTERNA  y dentro de ello de la estrategia antisubversiva, ni siquiera cuando comenzaron a ser asesinados lo testigos de la llegada de los comandos especiales de las FFAA (Sinchis) a la zona.

 

30 de Agosto de 2010
esta noticia esta en primera plana del diario el comercio donde el ministro dice que en proximos dias saldra una ley que los faculta a usar su arma de fuego.
ademas en la nota dice que los serenos no pueden usar un arma por que los vigilantes pasan por un riguroso examen en dicscamec entre ellos psicologico mientras que los serenos no.
me queda la siguiente interrogante...siempre los vigilantes tuvieron sus armas de adorno? iban contra la ley si disparaban? si los serenos son un tipo de vigilancia y auxilio municipal por que no pasan por los examenes como los otros vigilantes?
 
DISCAMEC capacitará a vigilantes en uso de armas: Peruinforma Perú ...
1 Sep 2010 ... DISCAMEC capacitará a vigilantes en uso de armas Bookmark and Share ... de los vigilantes que portan armas de fuego, pues ellos ayudan a ...
www.peruinforma.com/index.php?menu=news&pag... - En caché
 
Tiempos sangrientos, una lucha contra el tráfico ilegal de armas
 
No se sabe como operan mafias de trafico ilegal de armas.
La venta de armas en el mercado negro se ha incrementado considerablemente. Para la policía es difícil manejar una estadística de cuantos chalacos portan arma de uso ilegal, pero la ley del más fuerte, es la ley de la calle y en el primer puerto sería una utopía decir que eso no existe.

Fuentes consultadas por LA PRIMERA CALLAO nos dieron una información que muchas veces la policía asegura desconocer. Para que los delincuentes dejen menos rastros en la escena del crimen ahora alquilan armas de fuego que provienen de la propia policía o fuerzas armadas.

Preste atención de cuan barato y fácil es para un asesino o ladrón tener entre sus manos un arma mortal.

Por ejemplo para alquilar una pistola Star o Beretta por una mañana solo tiene conseguir entre l50 y 200 dólares. Por los revólveres y armas de corto alcance los delincuentes pagan unos l00 dólares.

Por las armas largas como el AKM utilizado para secuestros y en algunos casos ajustes de cuentas los criminales pagan en el mercado negro chalaco entre 300 y 500 dólares. Pero increíblemente eso no es lo peor, para que un ranqueado asesino tenga en sus manos una ametralladora M l6 de fabricación española, que llega al Perú únicamente para uso militar paga en el mercado negro entre 500 y 700 dólares. El HKG3, arma pesada raras veces usada pero con la que contaban “Los Destructores” y “Los injertos”, cuesta en alquiler entre 800 y l000 dólares.

Las cajas de 50 municiones, según ha comprobado la Policía en sus investigaciones, se compra a un precio de entre 25 y 30 soles.

Es por esto que las calles están llenas de delincuentes armados de gente que se enfrenta en violentas balaceras poniendo en riesgo la vida de la población, secuestradores y ladrones de bancos que encapuchados portan armas de largo alcance que ahora sabemos son alquiladas en el mercado negro del Callao.

Recordemos por ejemplo que en la madrugada de este viernes, el jirón Puno se tiñó de sangre. Por circunstancias que todavía no se esclarecen, Manuel Ademir Francis Mendoza (21), alias “Manolo” fue baleado a sangre fría y hoy se debate entre la vida y la muerte en el hospital Daniel Alcides Carrión, según informes de agentes de inteligencia, se trataría de un ajuste de cuentas entre bandos delincuenciales del Callao que manejan armas de fuego compradas en el mercado negro.

Otro caso en que se descubrió que las armas fueron compradas a gente inescrupulosa fue el de la banda de los capuchas negras que asaltaban a grandes empresas bancarias utilizando armas de largo alcance.

Lo mismo sucedía cuando entraban en acción organizaciones criminales como los injertos del fundo Oquendo.

Pero lamentablemente esto no ha cambiado, en el mundo del hampa es conocido que para cada golpe que se asesta se puede comprar o alquilar armamento al gusto del delincuente. Las ofertan van desde un revolver calibre 22 hasta una ametralladora de uso militar.

Otro detalle preocupante es que agentes de la policía nos informaron que aun no tiene idea de cómo funciona este macabro negocio que ha enlutado a decenas de familias chalacas.

¿Un problema el tráfico de armas?
Personal de la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (Dicscamec), explicó a LA PRIMERA Callao, que los delincuentes de pandillas o bandas criminales generalmente obtienen armas que son robadas a policías y militares, así como a empresarios y a su personal de seguridad.

“Si bien existe un buen registro, hay mucho que debe hacer la Dicscamec para supervisar que quienes porten armas de fuego cumplan con la obligación legal de volver a registrarlas cada cierto tiempo. En este, como en otros temas, adolecemos de información, porque no hay un sistema adecuado de registro, de información, sobre hechos criminales. Si tuviéramos la capacidad de registrar la información básica sobre cada hecho criminal, quién está involucrado, dónde y cuándo cometió el crimen, podríamos saber si hubo o no arma. Actualmente, el sistema de registro de la Policía no es completo ni confiable”, precisaron agentes del grupo de capturas e Inteligencia Callao.

 

Compartir este post
Repost0
Para estar informado de los últimos artículos, suscríbase:
Comentar este post